Estuvimos revisando las ordenanzas referidas a la tasa complementaria de seguridad, que pagamos los juninenses.
Un poco de historia; en el año 1994 se decide cobrar a los vecinos de la ciudad una nueva tasa con afectación especifica; es decir para ayudar a solventar los gastos de combustible que tienen los patrulleros policiales. A su vez, en la misma ordenanza (3237/94), se creó la comisión de seguimiento y control de los ingresos y egresos de dicha tasa; la cual fue variando en su composición; estando constituida por diferentes instituciones.
En la actualidad, el control quedo en manos de una sola persona, el fomentista Osvaldo Giapor; quien presento su renuncia (de público conocimiento), a partir del 9 de enero del presente año.
Como concejales, tenemos la obligación de ejercer el control, sobre el uso y destino de los fondos que pagamos todos los vecinos de Junín. Por tal motivo, nos reunimos con el sr. Osvaldo Giapor, quien nos detallo el procedimiento y todo el funcionamiento y nos contacto con el encargado de realizar las compras y toda la administración de dicha tasa, el sr. Carlos Senosiain. Recorrimos los talleres; revisamos los balances y recabamos la información necesaria para realizar nuestro trabajo eficientemente.
Por tal motivo, en el día de ayer, presentamos un pedido de comunicación al Departamento Ejecutivo, para que nos detalle el balance anual del periodo 2013 y el inventario de los insumos y materiales, que a la fecha, existen en stock. Concomitantemente estamos trabajando en la reforma de la ordenanza vigente, a fin de lograr que la legislación con la que contamos realmente se cumpla en la práctica, y que nuestras ordenanzas no queden obsoletas o abandonadas por el transcurso del tiempo.
Algunos datos de interés: en el año 2013, se gastaron por la tasa de seguridad, la suma de $ 2.767.090,26, de los cuales el 72% se destino a combustibles y lubricantes y el 28% a la compra de repuestos y reparaciones.
En el año 2014, vas a pagar por la tasa complementaria de seguridad, $ 8 mensuales. Podes verlo incluido en el detalle de la boleta de la luz ($ 16 el bimestre). Depende el tipo de contribuyente, también se puede cobrar en otra tasa.
Presta Atención! Fijate que no te la estén cobrando dos veces. Revisa todas las boletas que te llegan y ante cualquier duda, preguntanos.
TASA COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD POLICIAL
ARTICULO 128º.- (Impositiva 2014)
La Tasa aprobada por el Libro Segundo, Capítulo Vigésimo, Artículo 180º de la Ordenanza Fiscal, se percibirá de los contribuyentes sujetos pasivos de la misma según la siguiente escala:
Inciso a)
Residentes particulares $ 8 (mensual)
Inciso b)
Comercio, industrias y servicios:
Tasa por Inspección
de Seguridad e Higiene tributada: Tasa Complementaria de Seguridad Policial (mensual)
$0,01 a $193,50 $19,00
$193,51 a $357,00 $46,12
$392,71 a $785,40 $89,20
Mayor a $714,00 $184,43
Inciso c)
Rurales:
Cantidad de Hectáreas Tasa Complementaria de Seguridad Policial (mensual)
De 0 a 10 has. $8,00
De 10 a 36 has. $16,00
De 36 a 100 has. $32,00
De 100 a 300 has. $50,00
Más de 300 has. $94,00